CODIGO DEONTOLOGICO de la Agrupación de Sociedades de Servicios de Ingenieria y Arquitectura (ASSIA).



 
     Las empresas de servicios que forman parte de esta agrupación actuarán con pleno respeto a los principios de profesionalidad y ética contenidos en el presente código deontológico, cuya aceptación expresa será condición necesaria para su incorporación a la Agrupación de Sociedades de Servicios de Ingeniería y Arquitectura (ASSIA). Asimismo, velarán porque el personal a su cargo cumpla dichos principios en el ejercicio de su actividad.



     Quienes con posterioridad a su incorporación a la Asociación actúen de manera no compatible con estos principios, incurrirán en los supuestos de sanción contemplados en sus Estatutos.
     Como miembro de ASSIA me comprometo a cumplir las siguientes reglas deontológicas:

1. Realizaré los trabajos propios de mi profesión con preparación y eficacia, procurando obtener el máximo nivel en la misma, y conduciéndome en todo momento con la mayor responsabilidad y respeto a la profesión.

2. Actuaré con arreglo a la Ley y a los Estatutos de la Asociación, dando cumplimiento a la normativa que me resulte de aplicación en cada caso. En particular, pondré especial cuidado en la protección de la salud pública, laboral y del medio ambiente en relación con la actividad que desarrolle mi empresa en todas las fases de mi trabajo, y daré cumplimiento a la normativa vigente allí donde desarrolle mi labor profesional.

3. Mantendré la ética profesional de nuestra actividad en la redacción y ejecución de contratos y cumpliré las garantías ofrecidas a los clientes.

4. Realizaré exclusivamente los servicios que sean competencia de mi profesión y sólo aceptaré aquellos trabajos para los que me halle adecuadamente capacitado, asegurándome asimismo de que mis trabajadores posean la cualificación técnica exigida en la normativa vigente.

5. Garantizaré que cualquier clase de publicidad o promoción de mis servicios, cumpla con los requisitos legales, acate los códigos de publicidad y respete la ética profesional.

6. Mantendré confidencialidad respecto de la información recibida de mis clientes o que conozca por razón de mi actuación profesional.

7. Proporcionaré a todos los miembros de mi personal las condiciones de trabajo apropiadas y respetaré los acuerdos establecidos en el Convenio Colectivo.

8. Mi comportamiento social no desacreditará a la Asociación, profesión o clientes.

9. Me abstendré de cualquier acto dirigido a desprestigiar a otra empresa, a un compañero o a la Asociación.

10. Estaré alerta frente a cualquier irregularidad que observe en relación con el desempeño de nuestra actividad, informando sobre ello a la Asociación, y me esforzaré permanentemente en defender los intereses legítimos de nuestro sector profesional.